Que el paro aumenta no es un secreto para nadie: durante el pasado mes de noviembre se han destruido 53.114 puestos de trabajo, por lo que la cifra de paro registrado asciende a 3.198.184 personas. Cada vez es más difícil encontrar un puesto de trabajo que se amolde a la formación que hemos recibido, a las expectativas salariales que tenemos y a nuestras preferencias profesionales. Contratos temporales, periodos de prueba demasiado largos o sueldos ínfimos son algunos de los temas de los que se quejan los trabajadores. Sin embargo, las empresas tienen que saber que existen bonificaciones a la contratación que pueden cumplir una doble función: mejorar la situación de los trabajadores y cubrir vacantes en la organización. ¡Te lo contamos!

Bonificaciones a la contratación: en qué consisten y cuáles son las principales que existen

Lo primero que debemos hacer es explicar en qué consisten exactamente las bonificaciones a la contratación laboral. Pues bien, se trata de ayudas e incentivos que el Ministerio de Empleo, Migraciones y Seguridad Social promueve con el fin de que ciertos colectivos con baja empleabilidad puedan ser contratados por las empresas. Todos sabemos lo difícil que les resulta a los trabajadores mayores de 45 años encontrar un empleo, y lo mismo sucede con los jóvenes recién salidos de la carrera o de un módulo formativo (no es una realidad común en todos los sectores, pero sí en muchos de ellos). Precisamente para intentar revertir estas situaciones existen algunos incentivos a la contratación:

-Bonificaciones a la contratación de personas con discapacidad. El colectivo de trabajadores con discapacidad es uno de los más vulnerables, y es que hay ciertas discapacidades que no impiden a la persona desarrollar un trabajo. Las bonificaciones a la contratación varían según el tipo de contrato (si es indefinido, temporal o una conversión de contrato temporal a indefinido), según el sexo, la edad (mayores o menores de 45 años) y el tipo de discapacidad (las bonificaciones a la contratación cambian si se padece una discapacidad severa).

Por ejemplo, para hombres y mujeres mayores de 45 años, con una discapacidad severa y con contrato indefinido la bonificación anual es de 6.300 euros durante el tiempo que esté vigente el contrato. Sin embargo, para contratos temporales de fomento de empleo para discapacitados menores de 45 años la bonificación anual será de 3.500 euros en el caso de los hombres, y de 4.100 euros para las mujeres.

-Bonificaciones a la contratación por la conversión de contratos en indefinidos. Los trabajadores más jóvenes quieren meter la cabeza como sea en el mundo laboral, y una de las vías más comunes son los contratos en prácticas o los contratos para la formación y el aprendizaje. En empresas con menos de 50 trabajadores, por la conversión de los contratos en prácticas en contratos indefinidos existe una bonificación anual de 500 euros para los hombres y de 700 para las mujeres durante 3 años.

En el caso de los contratos para la formación y el aprendizaje se contempla una reducción anual a las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 1.500 euros al año para los hombres y 1.800 para las mujeres durante 3 años. Para estos contratos no se tiene en cuenta el número de trabajadores de la empresa.

bonificaciones a la contratación
Existen bonificaciones a la contratación que favorecen la empleabilidad de ciertos colectivos

-Bonificaciones a la contratación para trabajadores en situación de exclusión social y para víctimas de diversas circunstancias. Si ya es difícil encontrar un empleo cuando se tienen unas circunstancias «normales», no hace falta tener mucha imaginación para comprender cómo puede aumentar esa dificultad si hablamos de víctimas de violencia de género, del terrorismo, de trata de seres humanos o de violencia doméstica. Por ejemplo, para los casos de víctimas de violencia de género la bonificación anual es de 1.500 euros si el contrato es indefinido o se trata de una conversión de contrato temporal a indefinido, y de 600 euros para contratos temporales.

Por otra parte, para trabajadores en riesgo de exclusión social la bonificación anual dependerá del tipo de contrato: 600 euros para contratos indefinidos, 650 euros si proceden de la conversión de un contrato temporal en indefinido (durante 4 años), y 500 euros para los contratos temporales durante toda la vigencia del contrato.

-Bonificaciones a la contratación de jóvenes menores de 25 años. Las empresas que necesiten cubrir un puesto de trabajo que no requiera mucha experiencia pueden plantearse un contrato para la formación y el aprendizaje. Es apto para jóvenes desempleados menores de 25 años que estén inscritos en la Oficina de Empleo, se formaliza a jornada completa y la empresa está obligada a formar al trabajador durante un 25% de su jornada los dos primeros años, y un 15% en el tercero. Si la empresa tiene menos de 250 trabajadores la bonificación será del 100% de los seguros sociales, y si iguala o supera los 250 empleados la bonificación será del 75%.

-Bonificaciones a la contratación de trabajadores parados de larga duración. Otra de las bonificaciones a la contratación que merece la pena destacar es la destinada a parados de larga duración, que asciende a una cuantía anual de 1.300 euros para los hombres y de 1.500 euros para las mujeres durante 3 años.

-Otras bonificaciones a la contratación. Además de las ayudas que hemos comentado, existen otras para contratar a trabajadores procedentes de ETT o para trabajadores desempleados mayores de 52 años beneficiarios de algunos subsidios.

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