EL Gobierno aprobó el pasado mes de marzo una nueva medida que obliga a las empresas a llevar un control horario de la jornada laboral de sus empleados. ¿El motivo? Magdalena Valerio, actual ministra de Trabajo, ha explicado que el objetivo es acabar con el fraude laboral y poseer un registro con las horas extraordinarias. Con esta reforma del Estatuto de los Trabajadores, a partir del 12 de mayo será obligatorio que los trabajadores fichen en sus empresas, las cuales han de guardar los registros durante cuatro años. En caso de incumplir esta medida, las multas oscilan entre los 626 y 6.250 euros.  

¿Qué sistemas existen para fichar en las empresas?

Al igual que muchas empresas no solicitan los títulos que acreditan el nivel de estudios de sus trabajadores, en otras tantas compañías no es necesario fichar, sobre todo en las pequeñas empresas. A partir del 12 de mayo no solo los trabajadores tendrán que fichar, sino que las empresas habrán de conservar los registros de control de la jornada laboral durante cuatro años. Estos registros estarán a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Pero, ¿qué sistemas existen para fichar?

-Acceso con tarjeta de identificación. Algunas empresas en las que sí se ficha desde hace años emplean el acceso con tarjeta de identificación. Sin embargo, en ciertas compañías no servía para el control horario de la jornada laboral sino como una medida de seguridad. Pero, ¿qué pasa si un día el empleado la olvida en casa? ¿Y si ese día teletrabaja?

-Control horario de la jornada laboral mediante huella dactilar. Con este sistema se recoge el número exacto de horas que el trabajador se encuentra en el centro de trabajo, aunque posee las mismas desventajas que la medida anterior.

-Aplicaciones telemáticas. ¿Qué sucede cuando una compañía tiene varios centros de trabajo o los empleados han pactado teletrabajar algunos días? En estos casos, la solución pasa por utilizar aplicaciones telemáticas. Control Laboral, por ejemplo, es un sistema multidispositivo al que se puede acceder con el móvil o tablet y en el que los empresarios pueden consultar las horas trabajadas de cada empleado y realizar un seguimiento de las horas extraordinarias. Reloj Laboral, por otra parte, permite fichar desde el ordenador o el móvil e incluye un servicio de geolocalización a tiempo real. Además, está preparada para gestionar bajas y vacaciones.

-Sistemas sofisticados. Aparte de los métodos de fichaje mencionados, la tecnología ofrece otras posibilidades: seguimiento GPS de los vehículos de empresa o incluso de los propios empleados y brazaletes que controlan el movimiento de las manos de los trabajadores. Sin embargo, el sistema que se implante nunca debe sobrepasar los límites de la dignidad e intimidad del empleado.

¿Y los trabajadores a tiempo parcial?

Los trabajadores a tiempo parcial no pueden realizar horas extraordinarias excepto en caso de fuerza mayor, pero sí horas complementarias. Estas horas no pueden sobrepasar el 30% de las horas ordinarias del contrato, se pagan distinto de estas y se deben pactar por escrito entre el trabajador y la empresa. Además, el empleado tiene que recibir junto con la nómina un cómputo de las horas realizadas.

Por último, señalamos que el Gobierno sostiene que esta medida no debe afectar ni a la flexibilidad horario ni al teletrabajo. Habrá que esperar para ver si finalmente es efectiva y qué consecuencias tiene para las empresas y para los trabajadores.