Lanzamos una situación hipotética (pero factible) en el panorama laboral actual. Imaginemos: te has quedado sin trabajo y crees que podrías desarrollar una actividad por cuenta propia para generar nuevos ingresos. Ahora es cuando te preguntas: ¿Me quedaré sin paro? ¿Cabe la posibilidad de compatibilizar la prestación por desempleo con la condición de autónomo? Te explicamos cómo ser autónomo y cobrar el paro porque sí, te adelantamos que es posible.
Era inevitable que tarde o temprano se apostara en España por ayudar a aquellas personas que quieren emprender. El 10 de septiembre de 2015
se publicaba en el BOE la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social, gracias a la cual los autónomos pueden compatibilizar su condición de trabajador por cuenta propia con el cobro de una prestación por desempleo que fue previamente reconocida. Vamos a analizar de manera breve dos supuestos: cómo ser autónomo y cobrar el paro (es decir, compatibilizar ambas cosas) y cómo reanudar el cobro de dicha prestación tras haber llevado a cabo un trabajo por cuenta propia.
Qué hacer para compatibilizar la prestación por desempleo con la situación de autónomo
Para empezar, vamos a pensar por qué es interesante esta medida. La respuesta es sencilla: si emprendes y no te va bien, ya sea por falta de clientes o porque tu producto o servicio no convence, puedes volver a tu situación anterior. Y no solo eso: es una vía para garantizar un mínimo de ingresos. Entonces, ¿cómo ser autónomo y cobrar el paro? Estos son los requisitos:
-Cesar con carácter definitivo tu actividad laboral anterior
-Darse de alta en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA)
-Solicitar la compatibilidad de la prestación por desempleo con la situación de autónomo dentro de un plazo improrrogable de 15 días desde el inicio de la actividad por cuenta propia
-La compatibilidad de ser autónomo y cobrar el paro se extiende un máximo de 270 días (9 meses) o el tiempo inferior que quede por percibir
Pero, ¿queda alguien excluido de ser autónomo y cobrar el paro? Sí:
-Trabajadores cuyo último empleo haya sido por cuenta propia
–Autónomos que ya hayan hecho uso de este derecho
-Si se ha obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses anteriores
-Tampoco es posible darse de alta como autónomo y ofrecer servicios a la empresa para la que se trabajaba por cuenta ajena justo antes de iniciar la situación de desempleo (ni a empresas del mismo grupo)
Cómo reanudar el cobro de la prestación por desempleo
En el caso de que un emprendedor comience un proyecto y este no funcione, ahora tiene un plazo de cinco años para comprobar su viabilidad y echarse atrás si así lo desea. Si antes de que haya expirado este tiempo se da de baja en el régimen especial de trabajadores autónomos, el emprendedor tendrá derecho a percibir de nuevo la prestación por desempleo.
Por último, cabe señalar que existe otra alternativa para personas que se han quedado en una situación de desempleo y quieran emprender: capitalizar el paro. Esto supone un único pago de toda la prestación que le corresponde al trabajador, pero solo se puede solicitar si la persona va a adentrarse en el mundo del emprendimiento.